¿Qué es CITES y por que es tan importante conocerlo?

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Siempre os mantenemos informados acerca de los perretes, pero a partir de ahora vamos a empezar a hablaros sobre un montón de distintas especies animales, algunas más conocidas y otras que os van a sorprender.

Dentro de todos estos nuevos artículos vamos a dar un repaso a muchas especies que son exóticas. Así que primero, ¿qué es una especie exótica?

¿Qué es una especie exótica??

Pues se trata de animales que no pertenecen a la fauna autóctona de un país, es decir, que no se dan de forma natural en sus ecosistemas.
Debido a su atractivo, algunas personas deciden que quieren compartir su vida con uno de estos animales y muchas veces, por falta de información, acaban abandonados en la calle, lo cual tiene dos finales:

  • o que el animal muera porque no soporte las condiciones ambientales de el ecosistema en donde ha sido soltado
  • o que se adapte y reproduzca por lo que puede pasar a convertirse en una especie invasora, desplazando a la fauna y flora propia del nuevo entorno.

Seguro que todos habéis oído hablar en algún momento de las tortugas de Florida, de las cotorras de pecho gris o de los mapaches, todas ellas junto con muchas otras, catalogadas como especies invasoras en nuestro país.

Entonces, ¿es legal tener un animal exótico en casa?

Pues depende de la especie, y esto lo regula CITES, que es la Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres. Es decir, lo que intenta CITES es proteger las poblaciones silvestres de animales y plantas a través del control del comercio de seres vivos, muertos y de sus partes o derivados.

¿Y como me afecta a mi esto?

Por ejemplo, si viajáis a un país tropical no podéis traeros un Guacamayo Jacinto en la maleta (algo que parece muy lógico), pero tampoco sus plumas, al animal disecado, unos pendientes de carey que habéis comprado en un mercadillo de Cuba, un perfume que contenga esencia de alguna orquídea o una cajita hecha de madera de caoba. Todo esto debe ir con su pertinente regulación por parte de CITES.
Los almacenes de los diferentes aeropuertos internacionales del mundo están llenos de patas de elefante convertidas en taburetes, pieles de grandes felinos, instrumentos musicales hechos con madera de arboles en peligro de extinción…. Todo ello decomisado a turistas que no han tenido la información suficiente.

En segundo lugar, nos afecta si adquirimos un animal exótico en una tienda. Con todas estas especies has de tener y guardar durante toda la vida del animal, documentos que certifiquen que lo has adquirido dentro de la legalidad. Por que si no, ¿como diferenciamos a la persona que se ha traído el guacamayo de Colombia
metido en la maleta, de ti, que has ido a la tienda y lo has comprado de forma legal? Pues bien, siempre con la factura de compra. Ademas, si es una especie que esta amparada por el convenio del que hablamos has de tener adjunto un documento que indique su numero de identificación CITES.

¿Sabias que….? El comercio de caviar también esta amparado por el convenio CITES, ya que son las huevas procedentes en su mayoría de esturiones.

¿Y como se yo que la iguana que me quiero comprar esta amparada por el convenio? Pues muy fácil, puedes consultar su pagina web y ver qué documentación has de pedir al establecimiento. Si vives en España también puedes informarte a través de La Dirección General de Política Comercial y Competitividad que es la Autoridad Administrativa que tiene asignadas las competencias.

Apéndices de CITES

Por ultimo, también debéis tener en cuenta que no todas las especies tienen el mismo grado de protección. Esto significa que aunque tengas la factura, hay animales con los que no se puede comerciar en ningún caso o que están restringidos a programas de conservación o de investigación, por tanto un particular no puede adquirirlos. Para diferenciarlos, CITES los agrupa en tres apéndices distintos (I, II y III) dependiendo de cómo de amenazadas se encuentren sus poblaciones en libertad.

Dentro de CITES se diferencian tres gados de protección, dependiendo del estado de las poblaciones de las especies de fauna y flora de las que estemos hablando.

Estos tres apéndices son los siguientes:

  • Apéndice I: están incluidas aquellas especies que se encuentren en peligro de extinción y cuyo comercio solamente está permitido bajo rigurosos controles y en situaciones muy especiales. Por ejemplo, todos los grandes felinos, elefantes, rinocerontes, todos los úrsidos (osos), etc
  • Apéndice II: están incluidas las especies cuyas poblaciones no se encuentran en peligro de extinción, pero que sufren un impacto grande debido al comercio. Por tanto, si no se regula podrían llegar a estarlo. Por ejemplo la iguana verde o todas las psitácidas ()excepto las que están incluidas en el I).
  • Apéndice III: aquí se engloban las especies que están protegidas al menos en un país debido a que este ha solicitado ayuda a CITES para poder regular su comercio. Estas especies tampoco se encuentran en peligro de extinción. Por ejemplo, el kinkajou (Potos flavus)o el antílope de Nepal (Antilope cervicapra).

Ahora que tenemos claro qué es CITES, seguid atentos a los próximos artículos sobre especies exóticas en los que, entre otras muchas cosas, hablaremos de su grado de protección.

Photo de Fondo creado por asier_relampagoestudio

Sobre la autora


Meritxell Dirube

Bióloga especialista en etología, técnico en intervenciones asistidas con animales y educadora canina.

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